INDICE DE LA NOMENCLATURA COMUN MERCOSUR
 
Sección I:
ANIMALES VIVOS Y PRODUCTOS DEL REINO ANIMAL
   
Animales vivos.
Carne y despojos comestibles.
Pescados y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos.
Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural; productos comestibles de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte.
demás productos de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte.
 
Sección II:
PRODUCTOS DEL REINO VEGETAL
   
Plantas vivas y productos de la floricultura.
Hortalizas, plantas, raíces y tubérculos alimenticios.
Frutas y frutos comestibles; cortezas de agrios, cítricos, melones o sandías.
Café, té, yerba mate y especias
Cereales.
Productos de la molinería; malta; almidón y fécula; inulina; gluten de trigo.
Semillas y frutos oleaginosos; semillas y frutos diversos; plantas industriales o medicinales ; paja y forrajes.
Gomas, resinas y demás jugos y extractos vegetales.
Materias trenzables y demás productos de origen vegetal no expresados ni comprendidos en otros capítulos.
 
Sección III:
GRASAS Y ACEITES ANIMALES O VEGETALES; PRODUCTOS DE SU DESDOBLAMIENTO; GRASAS ALIMENTICIAS ELABORADAS; CERAS DE ORIGEN ANIMAL O VEGETAL
 
 
   
Grasas y aceites animales o vegetales; productos de su desdoblamiento; grasas alimenticias elaboradas; ceras de origen animal o vegetal.
 
Sección IV:
PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS ALIMENTARIAS; BEBIDAS, LIQUIDOS ALCOHOLICOS Y VINAGRE; TABACO Y SUCEDANEOS DEL TABACO ELABORADOS
 
 
Preparaciones de carne, de pescado o de crustáceos, moluscos, demás invertebrados acuáticos.
Azúcares y artículos de confitería.
Cacao y sus preparaciones.
Preparaciones a base de cereales, harina, almidón, fécula o leche; productos de pastelería.
Preparaciones de hortalizas, frutas u otros frutos o demás partes de plantas.
Preparaciones alimenticias diversas.
Bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre.
Residuos y desperdicios de las industrias alimentarias; alimentos preparados para animales.
Tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados.
 
Sección V:
PRODUCTOS MINERALES
   
Sal; azufre; tierras y piedras; yesos, cales y cementos.
Minerales metalíferos, escorias y cenizas.
Combustibles minerales, aceites minerales y productos de su destilación; materias bituminosas; ceras minerales.
   
Sección VI:
PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS QUIMICAS O DE LAS INDUSTRIAS CONEXAS
 
   
Productos químicos inorgánicos; compuestos inorgánicos u orgánicos de los metales preciosos, de los elementos radiactivos, de metales de las tierras raras o de isótopos.
Productos químicos orgánicos.
Productos farmacéuticos.
Abonos
Extractos curtientes o tintóreos; taninos y sus derivados; pigmentos y demás materias colorantes; pinturas y barnices; mástiques; tintas.
Aceites esenciales y resinoides; preparaciones de perfumería, de tocador o de cosmética.
Jabón, agentes de superficie orgánicos, preparaciones para lavar, preparaciones lubricantes, ceras artificiales, ceras preparadas, productos de limpieza, velas y artículos similares, pastas para modelar, "ceras para odontología" y preparaciones para uso en odontología a base de yeso fraguable
Materias albuminoideas; productos a base de almidón o de fécula modificados; colas; enzimas.
Pólvoras y explosivos; artículos de pirotecnia; fósforos (cerillas); aleaciones pirofóricas; materias inflamables.
Productos fotográficos o cinematográficos.
Productos diversos de las industrias químicas.
   
Sección VII:
PLASTICO Y SUS MANUFACTURAS; CAUCHO Y SUS MANUFACTURAS
 
   
Plástico y sus manufacturas.
Caucho y sus manufacturas
   
Sección VIII:
PIELES, CUEROS, PELETERIA Y MANUFACTURAS DE ESTAS MATERIAS; ARTICULOS DE TALABARTERIA; O DE GUARNICIONERIA; ARTICULOS DE VIAJE, BOLSOS DE MANO (CARTERAS) Y CONTINENTES SIMILARES;
MANUFACTURAS DE TRIPA
 
 
 
 
   
Pieles (excepto la peletería) y cueros.
Manufacturas de cuero; artículos de guarnicionería o de talabartería; artículos de viaje, bolsos de mano (carteras) y continentes similares manufacturas de tripa
Peletería y confecciones de peletería; peletería facticia o artificial.
   
Sección IX:
MADERA, CARBON VEGETAL Y MANUFACTURAS DE MADERA; CORCHO Y SUS MANUFACTURAS DE CORCHO; MANUFACTURAS DE ESPARTERIA O CESTERIA
 
 
   
Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera.
Corcho y sus manufacturas.
Manufacturas de espartería o cestería.
   
Sección X:
PASTA DE MADERA O DE LAS DEMAS MATERIAS FIBROSAS CELULOSICAS; PAPEL O CARTON PARA RECICLAR ( DESPERDICIOS Y DESECHOS) PAPEL O CARTON Y SUS APLICACIONES
 
 
 
   
Pastas de madera o de otras materias fibrosas celulósicas papel o cartón para reciclar (desperdicios y desechos).
Papel y cartón; manufacturas de pasta de celulosa, de papel o de cartón.
Productos editoriales, de la prensa o y de las demás industrias gráficas; textos manuscritos o mecanografiados y planos.
   
Sección XI:
MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS
   
Seda.
Lana y pelo fino u ordinario; hilados y tejidos de crin.
Algodón.
Las demás fibras textiles vegetales; hilados de papel y tejidos de hilados de papel.
Filamentos sintéticos o artificiales.
Fibras sintéticas o artificiales discontinuas.
Guata, fieltro y telas sin tejer; hilados especiales; cordeles, cuerdas y cordajes; artículos de cordelería.
Alfombras y demás revestimientos para el suelo, de materia textil.
Tejidos especiales; superficies textiles con mechón insertado; encajes; tapicería; pasamanería, bordados.
Telas impregnadas, recubiertas, revestidas o estratificadas; artículos técnicos de materia textil.
Tejido de punto.
Prendas y complementos (accesorios) de vestir, de punto.
Prendas y complementos (accesorios) de vestir, excepto los de punto.
Los demás artículos textiles confeccionados; juegos; prendería y trapos.
   
Sección XII:
CALZADO, SOMBREROS Y DEMAS TOCADOS, PARAGUAS, QUITASOLES, BASTONES, LATIGOS, FUSTAS Y SUS PARTES; PLUMAS PREPARADAS Y ARTICULOS DE PLUMAS; FLORES ARTIFICIALES;MANUFACTURAS DE CABELLO
 
   
Calzado, polainas y artículos análogos; partes de estos artículos.
Sombreros, demás tocados y sus partes.
Paraguas, sombrillas, quitasoles, bastones, bastones asiento, látigos, fustas, y sus partes.
Plumas y plumón preparados y artículos de plumas o de plumón; flores artificiales; manufacturas de cabello.
   
Sección XIII:
MANUFACTURAS DE PIEDRA, YESO FRAGUABLE, CEMENTO, AMIANTO (ASBESTO) , MICA O MATERIAS ANALOGAS; PRODUCTOS CERAMICOS; VIDRIO Y MANUFACTURAS DE VIDRIO
 
 
   
Manufacturas de piedra, yeso fraguable, cemento, amianto (asbesto), mica o materias análogas.
Productos cerámicos.
Vidrio y sus manufacturas.
   
Sección XIV:
PERLAS NATURALES (FINAS) O CULTIVADAS, PIEDRAS PRECIOSAS O SEMIPRECIOSAS, METALES RECIOSOS, CHAPADOS DE METAL PRECIOSO (PLAQUE) Y MANUFACTURAS DE ESTAS MATERIAS; BISUTERIA; MONEDAS
 
 
 
   
Perlas naturales (finas) o cultivadas, piedras preciosas o semipreciosas o similares, metales preciosos, chapados de metales preciosos (plaqué ) y manufacturas de estas materias; bisuteria; monedas.
   
Sección XV:
METALES COMUNES Y MANUFACTURAS DE ESTOS METALES
   
Fundición, hierro y acero.
Manufacturas de fundición, de hierro o de acero.
Cobre y manufacturas de cobre.
Níquel y sus manufacturas.
Aluminio y sus manufacturas.
CAPITULO 77:
(Reservado para una futura utilización).
Plomo y sus manufacturas.
Cinc y sus manufacturas.
Estaño y sus manufacturas.
Los demás metales comunes; cermets; manufacturas de estas materias.
Herramientas y útiles, artículos de cuchillería y cubiertos de mesa, de metales comunes; partes de estos artículos, de metal común.
Manufacturas diversas de metal común.
   
Sección XVI:
MAQUINAS Y APARATOS, MATERIAL ELECTRICO Y SUS PARTES; APARATOS DE GRABACION O DE REPRODUCCION DE SONIDO, APARATOS DE GRABACION O DE REPRODUCCION DE IMAGENES Y
SONIDO EN TELEVISION, Y LAS PARTES Y ACCESORIOS DE ESTOS APARATOS
 
 
 
 
   
Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas o aparatos.
Máquinas, aparatos y material eléctrico y sus partes; aparatos de grabación o de reproducción de sonido, aparatos de grabación o de reproducción de imágenes y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos.
   
Sección XVII:
MATERIAL DE TRANSPORTE
   
Vehículos y material para vías férreas o similares y sus partes; aparatos mecánicos (incluso electromecánicos) de señalización para vías de comunicación.
Vehículos automóviles, tractores, ciclos y demás vehículos terrestres, sus partes y accesorios.
Aeronaves, vehículos espaciales y sus partes.
Barcos y demás artefactos flotantes.
   
Sección XVIII:
INSTRUMENTOS Y APARATOS DE OPTICA, FOTOGRAFIA O CINEMATOGRAFIA, DE MEDIDA, CONTROL O PRECISION; INSTRUMENTOS Y APARATOS MEDICOQUIRURGICOS; APARATOS DE RELOJERIA; INSTRUMENTOS MUSICALES; PARTES Y ACCESORIOS DE ESTOS INSTRUMENTOS O APARATOS
 
 
 
 
   
Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos medicoquirúrgicos; partes y accesorios de estos instrumentos o paratos.
Aparatos de relojería y sus partes.
Instrumentos músicales sus partes y accesorios.
   
Sección XIX:
ARMAS, MUNICIONES Y SUS PARTES Y ACCESORIOS
   
Armas, municiones y sus partes y accesorios.
   
Sección XX:
MERCANCIAS Y PRODUCTOS DIVERSOS
   
Muebles; mobiliario medicoquirúrgico; artículos de cama y similares; aparatos de alumbrado no expresados ni comprendidos en otra parte; anuncios luminosos, placas indicadoras luminosas y artículos similares; construcciones prefabricadas.
Juguetes, juegos y artículos para recreo o deporte; sus partes y accesorios.
Manufacturas diversas.
   
Sección XI:
OBJETOS DE ARTE O COLECCION Y ANTIGUEDADES
   
Objetos de arte o colección y antigüedades.
CAPITULO 98:
(Reservado para uso particular de partes contratantes).
CAPITULO 99:
(Reservado para uso particular de partes contratantes).
   



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